
CRONOGRAMA
Etapa |
Acción |
Plazos |
Fecha Estimada |
Primera |
Recepción de Postulaciones (En esta Etapa también se realizarán talleres de orientación y postulación)
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45 días corridos desde la fecha de publicación de las presentes bases. |
22 de febrero al 08 de abril |
Segunda |
Revisión de postulaciones y entrega de observaciones
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30 días corridos contados desde el día siguiente a la fecha de cierre de recepción de postulación
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09 de abril al 08 de mayo |
Tercera |
Publicación listado de iniciativas Preseleccionadas, inadmisibles y Revisadas con Observaciones
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2 días corridos |
09 de mayo al 10 de mayo |
Cuarta |
Ingreso de Respuesta a observaciones (Solo para iniciativas que han sido declaradas revisadas con observaciones)
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20 días corridos desde la fecha de publicación del listado de iniciativas preseleccionadas y revisadas con observaciones
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13 de mayo al 03 de Junio |
Quinta |
Revisión de respuestas a observaciones y evaluación técnica
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30 días corridos contados desde la fecha de cierre de ingreso de respuestas a observaciones.
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04 Junio al 03 de Julio |
Sexta |
Revisión comité técnico Gobierno Regional |
30 días corridos contados desde la fecha de cierre de ingreso de respuestas a observaciones |
04 de Julio 02 de Agosto |
Septima |
Revisión comisión evaluadora propuesta de adjudicación |
10 días corridos contados desde la fecha de entrega de la propuesta de adjudicación |
05 de Agostode al 14 de agosto |
Octava |
Publicación de resultados
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10 días hábiles contados desde el día siguiente al acta de la Comisión evaluadora.
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15 de agosto al 26 de agosto |
Novena |
Suscripción del convenio |
Según calendario publicado por provincia o circunscripción |
Por definir |
Inicio Postulación 2024
El Fondo Comunidad Activa, es parte del Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR), y se enmarca en las facultades que le otorga la Ley sobre Presupuesto Nacional para el año 2024 a los Gobierno Regionales.
El monto a financiar para cada iniciativa dependerá de su alcance. Considerando el alcance de las iniciativas se establecen tres categorías de proyectos, estas son:
- Comunal: Se refiere a iniciativas cuyas actividades se ejecutarán en una sola comuna. Para este tipo de iniciativas el monto mínimode la iniciativa, será de $500.000 y el monto máximo será de $10.000.000, esto considera el monto solicitado al Fondo Regional de Actividades y el aporte financiero de la institución, si es que la iniciativa lo contempla.
- Regionales: Considera iniciativas cuyas actividades se ejecutarán de manera presencial de 2 o más comunas de la Región Metropolitana. Para este tipo de iniciativas el monto mínimo de la iniciativa, será de $10.000.001 y el monto máximo será de $75.000.000, esto considera el monto solicitado al Fondo Regional de Actividades y el aporte financiero de la institución, si es que la iniciativa lo contempla.
El plazo para postular vence el lunes 08 de abril a las 23:59 horas.
- QUIENES PUEDEN POSTULAR
Será requisito fundamental para la postulación de una iniciativa que la institución que la presente cuente con una personalidad jurídica con más de 2 años de vigencia al momento de la publicación del presente instructivo.
- Organizaciones funcionales y territoriales de la Región Metropolitana, regidas por La ley N° 19.418, sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, con personalidad jurídica vigente no inferior a dos años al momento de la publicación del presente instructivo y con domicilio en la Región Metropolitana de Santiago.
- Instituciones Privadas sin fines de lucro (fundaciones, corporaciones, ONGs,), con personalidad jurídica vigente no inferior a dos años al momento de la publicación del presente instructivo.
- Municipios y/o Corporaciones Municipales: Sólo en las siguientes líneas (i) la línea de financiamiento para protección del medioambiente y de educación ambiental; (ii) asociados con adopción, rescate, atención y tratamiento veterinario, y gestión de residuos de animales, (iii) culturales y (iv) deportivas.
- QUIÉNES NO PUEDEN POSTULAR
a Instituciones Privadas con fines de lucro.
- Las autoridades y directivos del Gobierno Regional y el Consejo Regional. De la misma forma son incompatibles para postular las organizaciones que en cuyos estatutos figuren como miembros a cualquier título, personal del Gobierno Regional, del Consejo Regional o Consejeros Regionales, cualquiera sea su situación contractual, incluido personal a honorarios,, y los que tengan la calidad de cónyuge, conviviente civil, o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad inclusive, o tengan hijo o hija en común, con los miembros del directorio o de los ejecutivos o administradores principales de una institución privada que forme parte de un proceso concursal.
- Personas que cumplan labores en el servicio de consultoría del programa de transferencia asistencia técnica para el presente concurso.
- Los Ministerios, Órganos y Servicios Públicos (incluyendo la Contraloría General de la República, el Banco Central, las Fuerzas Armadas y las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, los Gobiernos Regionales y las Empresas Públicas creadas por Ley). Se exceptúan de esta restricción las Municipalidades y Corporaciones Municipales sólo en las líneas de financiamiento de la letra c. numeral 1 anterior.
- No podrán postular las instituciones o representantes legales que adeuden fondos del Gobierno Regional, como causa de una devolución o reintegro de un convenio no ejecutado, total o parcialmente, o se le haya puesto término anticipado al convenio por incumplimiento de obligaciones y/o que se le haya tenido que ejecutar la garantía, u otra causa imputable.